Última actualización el 14 de noviembre de 2024
Ciudad de México – A partir del jueves 29 de agosto, entran en vigor las reformas al código civil y la ley de vivienda, dirigidas a frenar el incremento excesivo en las rentas. Sin embargo, algunas disposiciones comenzarán a aplicarse hasta finales de diciembre, de acuerdo con los plazos establecidos en el decreto publicado en la gaceta oficial.
Entre las reformas, el artículo 2448 F del código civil establece que los arrendadores deberán registrar los contratos de arrendamiento ante el gobierno local mediante un mecanismo que definirá la agencia digital de innovación pública. Este registro deberá realizarse en un plazo no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor de las reformas, y los arrendadores tendrán hasta 90 días para cumplir con este requisito. Además, se reformó el artículo 2448 D del mismo código para asegurar que el incremento de la renta nunca sea mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior.
En cuanto a la ley de vivienda, se agregó una fracción Bis al artículo 5 para establecer la figura de producción pública de vivienda para arrendamiento. Esta nueva disposición permitirá al gobierno capitalino construir viviendas con recursos públicos, asegurando acceso a opciones de arrendamiento asequibles para las personas de menores ingresos.
El jefe de gobierno, Martí Batres, señaló que la nueva política de vivienda social en renta a bajo costo priorizará a jóvenes, madres solteras, trabajadores, personas de bajos recursos y grupos de atención prioritaria. Durante la presentación del decreto, Batres destacó que estas reformas sientan las bases para la construcción masiva de vivienda pública de bajo costo en la ciudad.
El secretario de desarrollo urbano y vivienda, Inti Muñoz, indicó que estas reformas representan un primer paso hacia la creación de un marco normativo que regule el mercado de arrendamiento en la capital, con el objetivo de proteger a los inquilinos y fomentar la accesibilidad a la vivienda.
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